CASUÍSTICA
Soy Alfonso, tengo 55 años de edad, a la fecha tengo 1750 semanas ante
COLPENSIONES, me
faltan 7 años para pensionarme y no quiero seguir trabajando. Debido que la ley 100 me
permite cotizar 1800 semanas solamente. ¿PERDERÍA EL RESTO DE SEMANAS QUE COTIZARÍA,
SI
CONTINÚO?
QUÉ SUCEDE SI HE COTIZADO MÁS SEMANAS PERMITIDAS ANTE COLPENSIONES?
Alfonso --- La norma infiere en el artículo 10 de la ley 797 del 2003, que
después de las
1800 semanas cotizadas por cada 50 semanas su valor final de pensión tendrá
un incremento
del 1,5%.
SI TENGO LA EDAD, PERO NO LAS SEMANAS ¿PUEDO PENSIONARME ANTE COLPENSIONES?
No puede pensionarse hasta que cumpla las semanas cotizadas. Si le llegaran a faltar semanas
puede solicitar la devolución de saldos o la indemnización sustitutiva.
¿CUÁL ES LA EDAD Y SEMANAS PARA PENSIONARSE EN COLOMBIA?
• Las mujeres 57 años y 1300 semanas (hasta el año
2025)
• Los hombres es de 62 años. debe haber cotizado 1.300
De acuerdo con la sentencia C 197 de 2023 de la Corte Constitucional que
ordena la reducción
de semanas de cotización para las mujeres en el régimen de prima media a 1000 semanas, si
para el 01 de enero del 2026 no se ha aprobado ninguna regulación
diferente, las semanas se
disminuirán gradualmente para llegar a 1000 semanas hasta el año 2036.
Tenga en cuenta que a diferencia en el régimen de prima media (COLPENSIONES)
en el RAIS
(Régimen de Ahorro Individual Solidario) solo debe acumular el capital necesario para una
pensión de vejez, como lo indica la ley 100 de 1993, que establece que los afiliados al RAIS
pueden optar por una pensión de vejez de su elección siempre y cuando el capital ahorrado
supere el 110% del SMLV.
¿CUÁL ES EL MONTO MÁXIMO DE UNA PENSIÓN EN COLOMBIA?
El monto de la pensión no puede ser mayor al 80% del ingreso base de liquidación. El valor de
la mesada pensional no puede ser menor a 1 SMLV ni superior a 25 SMLV.